FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

5 Mayo 2024

Comienza el Trámite Parlamentario de la Reforma Local

Un año después de que el Gobierno, en julio de 2012, presentara el primer informe de Anteproyecto, la Ley que redefine las competencias de los municipios y que tiene como principal objetivo la racionalización y sostenibilidad de la gestión local ya está en el Congreso de los Diputados. Durante todo este tiempo, la FEMP ha mantenido una negociación permanente con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para defender la postura de las Entidades Locales; un diálogo que ha supuesto cambios sustanciales del texto original. Ahora, la Federación sigue trabajando sobre las propuestas que presentará a los Grupos Parlamentarios para profundizar aún más en la mejora del Proyecto de Ley.



Tras la aprobación del Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local por el Consejo de Ministros, el pasado 26 de julio, el Presidente de la FEMP valoró de forma positiva el contenido general de la reforma aprobada por el Gobierno, afirmando que “nunca se había dado un salto como el que se produce con esta Ley ni se había hecho un esfuerzo tan grande para eliminar competencias impropias”.

Íñigo de la Serna considera que la clarificación y simplificación de competencias que representa la parte fundamental de la Ley, supone un gran avance para los Gobiernos Locales, tanto en los tres ámbitos que han sido objeto de debate a lo largo del proceso negociador -educación, servicios sociales y sanidad-, como en lo que respecta al desempeño de las competencias correspondientes a otra Administración.

El máximo responsable de la FEMP destaca, asimismo, que con la futura normativa, la prestación de competencias autonómicas desde una Entidad Local debe quedar recogida en un convenio que fije un plazo de cinco años y que establezca el 100% la financiación, que en caso de impago, será garantizada por el Estado. “Con esto, damos un salto importantísimo en equiparación de las dos Administraciones, sabiendo que son tan Estado las Entidades Locales como las Comunidades Autónomas”, declaró.

En lo que refiere a regulación de salarios, cargos o personal eventual, el Alcalde de Santander considera que la aceptación desde el ámbito local de estas cuestiones “es el mejor ejemplo de que las Entidades Locales están realmente comprometidas con este país y de que se han adelantado a un proceso que, espero, sea seguido por el resto de las Administraciones Públicas”.

Asimismo, De la Serna ha valorado los incentivos contemplados en el Proyecto de Ley para la fusión voluntaria de municipios, recordando que la FEMP se ha venido oponiendo desde el principio a la fusión obligatoria. Ahora, señaló, “nos parece correcto que haya incentivos para fusionarse siempre que los municipios, respetando su autonomía local, deseen hacerlo”.

Competencias


El Proyecto de Ley define con precisión las competencias municipales, diferenciándolas de las estatales y autonómicas. Precisamente, la racionalización del sistema competencial es una reivindicación histórica de las Entidades Locales, a la que ahora se da respuesta al enumerar el Proyecto de Ley un listado de materias consideradas como competencias propias de los Ayuntamientos y establecer una serie de garantías para su concreción y ejercicio.

El objetivo es que las Administraciones, no sólo las Locales, sepan qué responsabilidades deben asumir para así acabar con las duplicidades e incluso triplicidades que hoy se producen entre Administraciones y que lastran la eficiencia y competitividad del país.

La reforma pone, por tanto, los cimientos para sentar las bases de un municipalismo moderno que sirva a los intereses de los ciudadanos al garantizar que no se gasta más de lo que se ingresa y que los servicios públicos se ofrecen con la mayor eficiencia y al menor coste.

Al margen de que existan cuestiones que puedan mejorarse durante su trámite parlamentario, el Proyecto de Ley ofrece soluciones concretas a algunos de los graves problemas estructurales que las Entidades Locales padecen desde el inicio de la democracia.

Así, por ejemplo, la futura Ley deja muy claro que la delegación de competencias estatales o autonómicas en los municipios debe ir acompañada de la correspondiente dotación presupuestaria y que su duración no será nunca inferior a los 5 años. En caso de incumplimiento por parte de la Administración delegante, los municipios seguirían prestando estos servicios y su financiación estaría garantizada por el Estado.

Además, el Proyecto de Ley contempla la asunción por parte de las CCAA de las competencias en materia de salud y servicios sociales, en el plazo máximo de cinco años y uno, respectivamente. Por otra parte, la norma, en su disposición adicional decimoquinta, señala que las normas reguladoras del sistema de financiación de las CCAA y de las Haciendas Locales fijarán los términos en los que las Comunidades Autónomas asumirán la titularidad de las competencias en materia de educación que hoy asumen los municipios.

Coste efectivo

Por primera vez, a través de esta reforma, los ciudadanos podrán conocer lo que cuestan los servicios que reciben desde su Ayuntamiento, ya que éstos determinarán su coste efectivo que será publicitado. Esta medida es un paso fundamental en la mejora de la información disponible, servirá para dotar de más transparencia a la gestión pública, facilitará la toma de decisiones tanto de los ciudadanos como de la propia Administración y contribuirá de forma importante al aumento de la eficiencia.
 
El coste efectivo es la fórmula que se ha escogido para eliminar, tal y como se pedía desde esta Federación, el denominado coste estándar. De esta forma, además, se da cumplimiento a lo recogido en el dictamen del Consejo de Estado respecto al texto de Anteproyecto.

Colaboración


Otra de las medidas contempladas, y que supone un cambio importante con respecto  a la normativa básica vigente, es que las Diputaciones Provinciales o Entidades equivalentes podrán colaborar con los municipios, siempre que el Ayuntamiento así lo desee, para ofrecer determinados servicios a sus vecinos.

En este punto, la FEMP ha insistido siempre en que se debe contar para ello con el consentimiento de los Ayuntamientos. Los responsables del Ministerio confirmaron tal extremo al propio Presidente de la FEMP y así quedó finalmente reflejado en el texto del Proyecto de Ley, que señala claramente que para que una Diputación pueda gestionar alguno de los servicios de municipios de menos de 20.000 habitantes será necesaria la conformidad de la Entidad Local afectada.

Otra de las novedades que introduce el Proyecto de Ley son las medidas concretas para fomentar la fusión voluntaria de municipios de forma que se incentive a los municipios que optan por esta posibilidad. (Más información en páginas siguientes)

Retribuciones

El Proyecto de Ley incluye una revisión del conjunto de las entidades instrumentales que conforman el sector público local, una racionalización de sus órganos de gobierno y una ordenación de las retribuciones del personal al servicio de las Corporaciones Locales, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de su relación con la Administración. (Más información en páginas 16 y 17)

En otro orden de cosas, el Proyecto de Ley refuerza el papel de la función interventora en las Entidades Locales, para lograr un control económico-presupuestario más riguroso. No obstante, tal y como ha defendido la FEMP durante el proceso de elaboración del Proyecto, los interventores sólo tendrán el control de la legalidad de los presupuestos, no el de decisión sobre el destino de partidas presupuestarias, que siempre recaerá en los cargos electos.
 
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